Publié 28/02/2024|Modifié 26/03/2024

Dispositivos específicos para menores y jóvenes adultos

SOLICITUD ANTE EL JUEZ COMPETENTE EN MATERIA DE TUTELAS

Cuando un menor pierde a uno o a ambos padres, se deberá recurrir al juez competente en materia de tutelas, quien designará al tutor encargado de garantizar la protección del menor y de sus bienes, así como a los miembros del consejo de familia si han fallecido ambos padres.
El consejo de familia deberá autorizar los actos de disposición (actos susceptibles de reducir el patrimonio: venta de un bien, suscripción de un préstamo, etc.).
Si el menor pierde a uno de sus dos padres, el padre sobreviviente conservará la patria potestad, pero deberá someterse a la autorización del consejo de familia o del juez competente en materia de tutelas para los actos de disposición.

ADOPCIÓN EN CALIDAD DE PUPILO DE LA NACIÓN

Los hijos de las víctimas fallecidas en actos terroristas pueden ser adoptados por la Nación en calidad de pupilos de la Nación. La calidad de pupilo de la Nación ofrece a los menores de 22 años una protección material y moral particular desempeñada por la Oficina Nacional de Combatientes y Víctimas de Guerra (ONaCVG), que se suma a la ejercida por las familias y que puede traducirse en la asunción parcial o total de su manutención y educación en caso de necesidad y/o de insuficiencia de recursos de la familia.
Para los atentados cometidos en Francia, se concede la calidad de pupilo de la Nación independientemente de la nacionalidad del menor.

PARA CONTACTAR CON LA ONACVG

Office national des combattants et des victimes de guerre (ONaCVG)
Département de la solidarité
Hôtel national des Invalides
75700 PARIS 07 SP
FRANCE