Publié 28/02/2024|Modifié 18/01/2024

Convertirse en pupilo de la nación

Las víctimas menores y los hijos de las víctimas de actos terroristas pueden ser adoptados por la Nación en calidad de pupilo

Los hijos de las víctimas de actos terroristas fallecidas o heridas pueden ser adoptadas por la Nación en calidad de pupilo. La calidad de pupilo de la Nación ofrece a estos niños una protección material y moral particular desempeñada por la Oficina Nacional de Combatientes y Víctimas de Guerra (ONaCVG), que se suma a la ejercida por las familia y que puede traducirse en la asunción parcial o total de su manutención y educación en caso de necesidad y/o de insuficiencia de recursos de la familia.
Para los atentados cometidos en Francia, se concede la calidad de pupilo de la Nación independientemente de la nacionalidad del menor.
Los hijos (menores de 22 años) de las víctimas fallecidas en actos terroristas pueden ser adoptados por la Nación en calidad de pupilo de la Nación. La calidad de pupilo de la Nación ofrece una protección material y moral particular desempeñada por la Oficina Nacional de Combatientes y Víctimas de Guerra (ONaCVG), que se suma a la ejercida por las familias y que puede traducirse en la asunción parcial o total de su manutención y educación en caso de necesidad y/o de insuficiencia de recursos de la familia.
Los hijos de las víctimas heridas pueden asimismo ser adoptadas por la Nación siempre y cuando los daños hayan provocado una incapacidad para cumplir con sus obligaciones y contribuir en las cargas familiares. Esta incapacidad puede justificarse mediante certificados médicos o mediante la obtención de una pensión militar de invalidez (civil o militar).
Por último, los niños y jóvenes que sean víctimas directas de un acto terrorista pueden asimismo solicitar dicha adopción antes de cumplir 21 años.
Para más información, consulte la Web de la ONaCVG

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