Publié 28/02/2024|Modifié 18/01/2024

Actividad profesional

LA RECONVERSIÓN PROFESIONAL

Tras un acontecimiento traumático, su escala de valores puede verse modificada, dificultando el ejercicio de su profesión. Para conocer sus derechos a la formación y disponer de un acompañamiento global y personalizado, dispone de una cuenta personal de actividad y puede contar con un asesoramiento en materia de evolución profesional.
La Oficina Nacional de Combatientes y Víctimas de Guerra (ONaCVG) puede asumir la financiación de la totalidad o de una parte de los gastos de reconversión profesional de sus miembros. La ONaCVG interviene subsidiaria y complementariamente a los dispositivos de derecho común. Previo examen individualizado de la situación social de la víctima, la Oficina podrá movilizar recursos. El importe de la ayuda concedida por la Oficina se calcula en función del saldo restante a cargo del solicitante y su cociente familiar. La ONaCVG dispone asimismo de un acuerdo con la AFPA. En este marco, Ud. puede contar con el acompañamiento de un asesor de reconversión para elaborar un proyecto profesional, adquirir técnicas de búsqueda de empleo, iniciar trámites ante las empresas, así como crear y retomar una empresa.
Para más información, contacte con la dirección departamental de la ONaCVG de su departamento.
El Fondo de Garantía de las Víctimas de Actos Terroristas y otras Infracciones (FGTI) ha desarrollado un servicio de acompañamiento personalizado para el empleo de las víctimas que hayan sufrido un perjuicio profesional indemnizable (pérdida de ingresos, incidencia profesional, perjuicio escolar, universitario o de formación). Si fuese necesario, se le podrá proponer asimismo los servicios de un instructor personal, colaborador del Fondo de Garantía.
Si desea obtener más información, puede contactar con su encargado de indemnización.

LOS EMPLEOS RESERVADOS

Las víctimas del terrorismo que sean beneficiarias de una pensión militar de invalidez pueden acceder a los empleos reservados de conformidad con el artículo L. 241-1 y siguientes del Código de Pensiones Militares de Invalidez y Víctimas de Guerra. Este dispositivo permite acceder a todos los cuerpos de las categorías B y C de las tres administraciones públicas. El candidato puede solicitar su inscripción en las listas regionales o nacionales, que la administración consulta libremente para sus contrataciones.
Para más información, contacte con la dirección departamental de la ONaCVG de su departamento.